martes, 20 de septiembre de 2011

LEY DE CADIZ

La Constitución en la Nueva España
A partir del 30 de septiembre de 1812, en que la Constitución se dio a conocer y se juró en México, empezaron a publicarse bandos con prevenciones para intentar ir adaptando las viejas instituciones y prácticas a las formas y lenguaje del nuevo sistema.
La plaza, llamada hasta entonces plaza mayor, tomó el nombre de “Plaza de la Constitución”, según la inscripción correspondiente que se mandó poner en una lápida.
La aduana, casa de moneda y rentas dejaron de denominarse reales, como hasta entonces, y empezaron a llamarse nacionales.
La audiencia dejó de ser consejo del virrey y se redujo a la función de administrar justicia. La mayor parte de los juzgados especiales cesaron. Reducida la administración de justicia a tribunales ordinarios, cesó también la “junta de seguridad” que había estado encargada especialmente de los procesos de infidencia, es decir, de los casos políticos.
Las administraciones particulares de ciertos ramos de obras públicas, como el desagüe y otros, pasaron teóricamente a la diputación provincial.
Los cambios anteriores representaron sólo una transferencia de facultades de unos órganos a otros y variaciones de nombre. De ellos, la libertad de prensa y las elecciones para nombrar ayuntamientos, diputados provinciales y diputados a cortes, hubieran podido significar cambios profundos, históricos, de fondo; pero no se llevaron a cabo. Y los que se intentaron, fueron inmediatamente suprimidos, derogados o permitidos en forma incompleta y por poco tiempo, volviéndose todo al estado de cosas que existían antes de ellos.
En esta materia se distinguen dos épocas:
  • una, en 1812, en que establecidas las instituciones constitucionales anteriores, se da marcha atrás y se restablecen las preconstitucionales, derivadas de las Leyes de Indias, invocándose el estado de excepción en que vivía el reino a consecuencia de la guerra de independencia, y
  • la otra, en 1813, en que se restablecen de forma las instituciones constitucionales, pero de hecho se ejercen las antiguas, hasta que en 1814 se restauran formalmente éstas –las antiguas- debido a la supresión por bando real del orden constitucional en todos los dominios de España.


    Esta constitución que se realizó en el país de España, la cual ayudo mas para redactar bien sobre los derechos humanos.

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